INFORMACIÓN DEL TRÁMITE |
Aporte monetario (a través de un cheque) destinado a los estudiantes de educación superior para
solventar gastos
derivados de su proceso educativo. Tales como financiar pasajes, matrículas, aranceles,
materiales, ente otros.
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DOCUMENTOS A PRESENTAR |
- Ficha Registro Social de Hogares que indique residencia en la comuna
de San Antonio.
- Copia simple cédula de identidad del estudiante (por ambos lados)
- Certificado original
de matrícula y/o certificado alumno regular del establecimiento de educación superior al que
pertenezca.
- Certificado de arancel correspondiente al año académico anterior.
- Acreditación socioeconómica (Copia simple
de la última liquidación de sueldo, de pensión, boleta de honorarios u otro documento según
corresponda). De no
contar con algún documento de ingresos; deberá realizar una declaración de gastos mensuales.
En caso de contar con
aportes de terceros deberá efectuar una declaración simple (Ambos formularios estarán
disponibles en los
CDC).
- En caso de arrendar vivienda o pagar dividendo; debe presentar una copia simple del recibo
correspondiente del pago.
- En caso de pagar por arriendo universitario; debe presentar el formulario de
Arriendo de pensión Universitaria (formulario disponible en los CDC).
- En caso de enfermedades catastróficas;
debe presentar una copia simple del certificado médico. En caso de enfermedades crónicas o
de salud mental; debe
presentar copia simple del carnet de control en consultorio.
- En caso de presentar capacidades diferentes
(física, mental y/o sensorial); debe presentar copia simple del Carnet del Registro Nacional
de la Discapacidad
correspondiente.
- En caso de tener hermanos y/o hijos estudiantes en nivel superior; debe presentar copia
simple del certificado de matrícula y/o alumno regular.
- En caso de que el postulante sea padre o madre; debe
presentar copia simple del certificado de nacimiento correspondiente de su hijo(a).
- En caso de que el grupo
familiar sea beneficiario del programa “Seguridad y Oportunidades”; debe presentar documento
actualizado de la
acreditación de participación en el programa.
- En caso de que el postulante no pueda asistir presencialmente;
la postulación podrá ser efectuada por un tercero quién deberá presentar un poder notarial
especialmente para esta
finalidad.
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PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE |
- A este beneficio se postula únicamente el primer trimestre de cada
año (entre enero y marzo), por lo que debe estar informándose en la página web municipal
( www.sanantonio.cl ) o
acercándose al Centro de Desarrollo Comunitario (CDC) más cercano a su domicilio. En el
siguiente link podrá obtener
información de todos los CDC de la comuna:
https://dideco.sanantonio.cl/index.php/styles/asistentes-sociales
- Debe presentar todos los documentos antes mencionados.
- Deberá ser evaluado por los profesionales del Municipio (Trabajadores sociales) a través de
una entrevista,
para poder conocer más detalles sobre su caso.
- De ser beneficiario; el beneficio se hará inmediato (dada la solicitud).
- Los servicios funerarios son prestados por la Funeraria Belén.
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COSTOS |
- No existen costos, puesto que es un beneficio.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
- En caso de que en el grupo familiar hubiese más de un integrante
cursando estudios superiores; sólo podrá postular al beneficio uno de ellos.
- No podrán postular a este
beneficio aquellos alumnos de cursos de capacitación o en prácticas profesionales.
- Cualquier alumno que
hubiese sido beneficiado el año anterior, deberá realizar nuevamente el procedimiento para
postular, dado que no
existe una renovación automática.
- Todo beneficiario de ésta beca deberá estar dispuesto a realizar trabajos
en forma voluntaria, cuando sean requeridos por el Municipio (ya sean por razones de
emergencias o solidarias), en
retribución a la comunidad.
- Pueden postular a este beneficio todos los estudiantes que acrediten ser alumnos
regulares de centros de formación técnica (CFT), institutos profesionales (IP),
universidades estatales o
universidades privadas cuyas carreras sean igual o superior a 4 semestres académicos.
- Todas las instituciones
de Educación superior deben estar (obligatoriamente) reconocidas por el Ministerio de
Educación.
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