| INFORMACIÓN DEL TRÁMITE | 
            
            
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                      Aporte monetario (a través de un cheque) destinado a los estudiantes de educación superior para
                        solventar gastos
                        derivados de su proceso educativo. Tales como financiar pasajes, matrículas, aranceles,
                        materiales, ente otros. 
                 | 
            
            
                | DOCUMENTOS A PRESENTAR | 
            
            
                
                    
                        - Ficha Registro Social de Hogares que indique residencia en la comuna
                            de San Antonio.
 
                        - Copia simple cédula de identidad del estudiante (por ambos lados)
 
                        - Certificado original
                            de matrícula y/o certificado alumno regular del establecimiento de educación superior al que
                            pertenezca.
 
                        - Certificado de arancel correspondiente al año académico anterior.
 
                        - Acreditación socioeconómica (Copia simple
                            de la última liquidación de sueldo, de pensión, boleta de honorarios u otro documento según
                            corresponda). De no
                            contar con algún documento de ingresos; deberá realizar una declaración de gastos mensuales.
                            En caso de contar con
                            aportes de terceros deberá efectuar una declaración simple (Ambos formularios estarán
                            disponibles en los
                            CDC).
 
                        - En caso de arrendar vivienda o pagar dividendo; debe presentar una copia simple del recibo
                            correspondiente del pago.
 
                        - En caso de pagar por arriendo universitario; debe presentar el formulario de
                            Arriendo de pensión Universitaria (formulario disponible en los CDC).
 
                        - En caso de enfermedades catastróficas;
                            debe presentar una copia simple del certificado médico. En caso de enfermedades crónicas o
                            de salud mental; debe
                            presentar copia simple del carnet de control en consultorio.
 
                        - En caso de presentar capacidades diferentes
                            (física, mental y/o sensorial); debe presentar copia simple del Carnet del Registro Nacional
                            de la Discapacidad
                            correspondiente.
 
                        - En caso de tener hermanos y/o hijos estudiantes en nivel superior; debe presentar copia
                            simple del certificado de matrícula y/o alumno regular.
 
                        - En caso de que el postulante sea padre o madre; debe
                            presentar copia simple del certificado de nacimiento correspondiente de su hijo(a).
 
                        - En caso de que el grupo
                            familiar sea beneficiario del programa “Seguridad y Oportunidades”; debe presentar documento
                            actualizado de la
                            acreditación de participación en el programa.
 
                        - En caso de que el postulante no pueda asistir presencialmente;
                            la postulación podrá ser efectuada por un tercero quién deberá presentar un poder notarial
                            especialmente para esta
                            finalidad.
 
                     
                 | 
            
            
            
                | PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 
            
            
                
                    
                        - A este beneficio se postula únicamente el primer trimestre de cada
                            año (entre enero y marzo), por lo que debe estar informándose en la página web municipal
                            ( www.sanantonio.cl ) o
                            acercándose al Centro de Desarrollo Comunitario (CDC) más cercano a su domicilio. En el
                            siguiente link podrá obtener
                            información de todos los CDC de la comuna:
                            https://dideco.sanantonio.cl/index.php/styles/asistentes-sociales
                        
 
                        - Debe presentar todos los documentos antes mencionados.
 
                        - Deberá ser evaluado por los profesionales del Municipio (Trabajadores sociales) a través de
                            una entrevista,
                            para poder conocer más detalles sobre su caso.
 
                        - De ser beneficiario; el beneficio se hará inmediato (dada la solicitud).
 
                        - Los servicios funerarios son prestados por la Funeraria Belén.
 
                     
                 | 
            
            
                | COSTOS | 
            
            
                
                    
                        - No existen costos, puesto que es un beneficio.
 
                     
                 | 
            
            
                | OTRAS CONSIDERACIONES | 
            
            
                
                    
                        - En caso de que en el grupo familiar hubiese más de un integrante
                            cursando estudios superiores; sólo podrá postular al beneficio uno de ellos.
 
                        - No podrán postular a este
                            beneficio aquellos alumnos de cursos de capacitación o en prácticas profesionales.
 
                        - Cualquier alumno que
                            hubiese sido beneficiado el año anterior, deberá realizar nuevamente el procedimiento para
                            postular, dado que no
                            existe una renovación automática.
 
                        - Todo beneficiario de ésta beca deberá estar dispuesto a realizar trabajos
                            en forma voluntaria, cuando sean requeridos por el Municipio (ya sean por razones de
                            emergencias o solidarias), en
                            retribución a la comunidad.
 
                        - Pueden postular a este beneficio todos los estudiantes que acrediten ser alumnos
                            regulares de centros de formación técnica (CFT), institutos profesionales (IP),
                            universidades estatales o
                            universidades privadas cuyas carreras sean igual o superior a 4 semestres académicos.
 
                        - Todas las instituciones
                            de Educación superior deben estar (obligatoriamente) reconocidas por el Ministerio de
                            Educación.
 
                     
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