Dirección: Av. Barros Luco 1881 Barrancas San Antonio - ChileLa Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá rango de Dirección y dependerá de Alcaldía. Bajo su dependencia, se encontrará el Departamento Social, el Departamento de Programas Sociales y Territoriales, el Departamento de Organizaciones Comunitarias, el Departamento de Promoción, y el Departamento de Protección Social. 2. La Dirección de Desarrollo Comunitario tendrá por misión propender al mejoramiento de la calidad de vida de los sectores sociales más vulnerables. Además debe promover y potenciar la participación de la comunidad organizada, en las distintas esferas del desarrollo de la comuna, respondiendo a sus necesidades específicas a través de la implementación de programas y proyectos, impulsando el progreso económico, social y cultural de la comuna.3. Corresponderán a la Dirección de Desarrollo Comunitario las siguientes funciones:a) Ejercer las funciones genéricas asignadas a los rangos de dirección y departamento, detalladas en el Capítulo IV, artículos 8° y 9° del presente reglamento.b) Asesorar al Alcalde y, también al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo comunitario y materias relativas a las áreas de salud y educación.c) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.d) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación y promoción del empleo.e) Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad y encauzar su satisfacción y solución, a través de la formulación de políticas públicas.f) Coordinar y utilizar los recursos que puedan ofrecer diversos servicios públicos para la solución de problemas sujetos de atención.g) Velar por la adecuada ejecución y actualización del plan de desarrollo social.h) Velar por la mantención y actualización del registro público de las directivas de las juntas de vecinos, de la unión comunal de juntas de vecinos y de las demás organizaciones comunitarias, así también, de la ubicación de sus sedes o lugares de funcionamiento.i) Presentar un informe Técnico respecto de materias de competencia de la Dirección de Desarrollo Comunitario para el otorgamiento de permisos, comodatos y concesiones, en la forma y plazo establecidos en el artículo 12º Reglamento N°04, de 2018, para otorgamiento de permisos de uso, comodatos, arriendos y concesiones sobre bienes inmuebles municipales y bienes nacionales de uso público y concesiones de servicios municipales. Director: Manual Vidal CanoE-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Secretaria: Gloria Bastias VeraE-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Fono:+56( 35) 2337186Dirección: Av. Barros Luco 1881 Barrancas San Antonio - Chile