Lunes, 26 Octubre 2020 13:13

Infracciones relativas a la seguridad privada

Valora este artículo
(0 votos)
INFORMACIÓN DEL TRÁMITE
No contar con la capacitación obligatoria para su personal, que los guardias no porten donde corresponde su tarjeta de identificación obligatoria y no presentar ante el organismo correspondiente el documento necesario para que la entidad funcione, entre otras son los tipos de infracciones a la seguridad privada.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Boleta de citación.
  • Cédula Nacional de Identidad al día.
  • Acreditación vigente de la personería del Representante Legal de la empresa denunciada.
  • En caso que se asista el abogado y no el representante legal, éste deberá presentar un mandato judicial vigente.
  • En caso de que asista un trabajador de la empresa denunciada, deberá presentar poder especial otorgado ante notario público.
  • Curso de perfeccionamiento aprobado más directiva de funcionamiento y credencial obligatoria al día.
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Normalmente este procedimiento se inicia por denuncia del O.S.10 de Carabineros de Chile, a requerimiento del Gobernador Provincial.
  • Una vez acogida la denuncia a tramitación, ésta debe ser puesta en conocimiento del Representante Legal de la empresa denunciada (notificación), citándolo en ese acto a rendir declaración ante el tribunal para los efectos de que comparezca ante el tribunal acompañando toda la documentación obligatoria.
  • Si la empresa tiene en trámite alguna parte de la documentación requerida y así lo solicita, se le concede un plazo breve y prudencial para presentar la documentación exigida.
  • Si la empresa denunciada no acompaña la documentación solicitada o no subsana las observaciones denunciadas por el órgano fiscalizador, se dicta sentencia condenatoria ordenando el pago de una multa.
  • Si el infractor no se conforma con la sanción impuesta o asiste con posterioridad al día de la citación, tiene derecho a solicitar una reconsideración de lo resuelto, llenando el formulario denominado “RECURSO DE REPOSICIÓN”, el cual se encuentra a disposición del público en el mismo mesón y debe ser presentado dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del fallo.
COSTOS
  • El rango de la multa varía entre los 5 a 250 ingresos mínimos no remuneracionales.
OTRAS CONSIDERACIONES
  • En caso que la multa aplicada sea cuantiosa, en algunos casos las empresas pueden realizar un convenio de pago con la I. Municipalidad de San Antonio.

 

Redirección a Portal Unidades
Visto 4939 veces Modificado por última vez en Jueves, 10 Octubre 2024 10:20